El alquiler temporal ha registrado su primera caída desde 2024 en España hasta situarse en el 6% del total de los contratos de arrendamiento, un descenso motivado por las restricciones de la Ley de Vivienda que han desincentivado a los propietarios a cambiar a esta modalidad, según un estudio de Fotocasa Research realizado en el primer semestre de 2026. Durante este periodo, los sectores más jóvenes de la población y el territorio de Andalucía se mantienen a la cabeza de su utilización en el mercado.
En el primer semestre de 2026, los contratos con una duración inferior a los 12 meses bajaron un punto porcentual en comparación con el 7% registrado de manera estable durante 2024 y 2025. En este mismo periodo, el alquiler de vivienda habitual también ha perdido presencia al pasar del 77% en 2025 al 74% en 2026. Por el contrario, otras opciones contractuales han mostrado un crecimiento: el alquiler social subió del 5% al 7% y el arrendamiento por habitaciones se incrementó del 4% al 6% en solo un año. Este escenario de descenso en la corta duración no se ha traducido en un aumento de la oferta de contratos de larga duración, lo que refleja que el principal problema del sector sigue siendo la insuficiencia de inmuebles disponibles frente a una demanda intensa.
Las limitaciones legales vigentes han influido directamente en las previsiones de los arrendadores. El porcentaje de propietarios que considera probable o muy probable cambiar sus contratos estables por la modalidad temporal bajó al 18% en el primer semestre de 2026, una cifra cercana a los niveles de 2024 y notablemente inferior al 26% anotado en 2025. De forma paralela, el rechazo a esta fórmula continúa en aumento, ya que los propietarios que ven nada o poco probable realizar esta transición crecieron del 46% en 2024 al 62% en 2025, alcanzando el 69% en 2026.
Por otra parte, la proporción de arrendadores que operan en el mercado temporal ha frenado su ritmo de crecimiento, situándose en el 13% en 2026 tras haber pasado del 7% en 2024 al 12% en 2025.
Los incentivos económicos y de seguridad jurídica para optar por el alquiler temporal también han perdido fuerza. La búsqueda de una mayor rentabilidad a través del incremento del precio fue señalada como motivo principal por el 23% de los propietarios en 2026, frente al 29% del año anterior. Asimismo, el interés por reducir el riesgo de impago disminuyó del 38% al 32%, y la percepción de que esta modalidad ofrece mayor facilidad para sustituir al inquilino descendió del 36% al 32%. En contraposición, la motivación de disponer de la vivienda para uso vacacional propio ganó terreno, subiendo del 16% en 2025 al 21% en 2026.
El perfil de los usuarios del alquiler temporal muestra una vinculación directa con la edad, concentrándose mayoritariamente en los segmentos más jóvenes. El grupo de entre 25 y 34 años es el que más recurre a esta opción, con un 10% de representación, seguido por los jóvenes de 18 a 24 años con un 7% y las personas de entre 35 y 44 años con otro 7%. Entre la población mayor de 45 años, la incidencia de estos contratos decae de forma homogénea hasta el 3%.
A nivel autonómico, Andalucía se consolida como la comunidad con mayor implantación de la modalidad temporal, con un 11% de sus inquilinos bajo este régimen contractual. Le siguen la Comunidad Valenciana y la Comunidad de Madrid, ambas con un 6% de contratos inferiores a un año. En el extremo opuesto se sitúa Cataluña, que es el territorio analizado con menor presencia de alquiler temporal, representando únicamente el 4% del total de su mercado de arrendamiento.