RESIDENCIAL

El Ayuntamiento de Madrid aprueba un plan para permitir hospedajes en áreas industriales

Redacción Observatorio Inmobiliario |
El Ayuntamiento de Madrid aprueba un plan para permitir hospedajes en áreas industriales

El Ayuntamiento de Madrid ha aprobado un plan que autorizará la implantación de cualquier modalidad de hospedaje —lo que incluye apartahoteles, flex living, pensiones o casas de hospedaje— en terrenos industriales donde hasta la fecha estaba prohibido.

La nueva regulación modifica el régimen de compatibilidad del uso terciario de hospedaje en las zonas reguladas por la Norma Zonal 9 grado 3º de las Normas Urbanísticas del Plan General de Ordenación Urbana de 1997. Con esta modificación se suprime la normativa vigente desde el año 2007, la cual restringía la actividad hotelera únicamente a la tipología de hotel convencional para evitar la proliferación de residencias encubiertas tipo lofts o el uso fraudulento de apartamentos turísticos como viviendas permanentes.

La normativa actual impactará de forma directa en un total de 240 parcelas seleccionadas tras un análisis sobre una muestra de más de 3.000 terrenos de uso industrial. Las ubicaciones afectadas están repartidas en 16 ámbitos de ocho distritos madrileños: Arganzuela, Chamartín, Fuencarral-El Pardo, Usera, Ciudad Lineal, Hortaleza, San Blas-Canillejas y Barajas.

Entre los espacios concretos que se abren a estas nuevas categorías de alojamiento destacan áreas del polígono industrial de la carretera de Burgos (Fuencarral-El Pardo), el barrio del Aeropuerto (Barajas), la calle de Josefa Valcárcel (San Blas-Canillejas), la intersección de la calle Costa Rica con la M-30 (Chamartín) y la avenida de Andalucía (Usera).

La justificación de la medida se fundamenta en el proceso de terciarización detectado en los suelos regulados bajo el grado 3º de la Norma Zonal 9. Según los informes del Consistorio, este suelo de uso cualificado mixto —donde coexisten la industria y las oficinas— ha perdido progresivamente su carácter industrial original, lo que permite levantar las restricciones vigentes sin desvirtuar su naturaleza urbanística.

Por el contrario, los suelos industriales tradicionales catalogados bajo los grados 4º y 5º de la misma norma mantienen por ahora su vocación industrial estricta. No obstante, la administración municipal prevé estudiar de manera individualizada aquellos polígonos de los grados 4º y 5º que presenten dinámicas de terciarización similares para evaluar si se les aplica esta misma apertura en el futuro.

El marco legal de este plan especial queda adscrito de forma estricta a las competencias y funciones que determina el artículo 50 de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid. Desde la perspectiva de la ordenación turística local, el plan se alinea con las directrices de descentralización de los alojamientos recogidas en el Plan Estratégico de Turismo de la Ciudad de Madrid 2024-2027 y el Plan RESIDE aprobado el año anterior, cuyo objetivo es desplazar el flujo de visitantes y la actividad económica complementaria hacia las áreas exteriores de la almendra central de la capital.