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Las ventas de centros y parques comerciales crecen un 6% hasta junio

Redacción Observatorio Inmobiliario |
Las ventas de centros y parques comerciales crecen un 6% hasta junio

Las ventas de los centros y parques comerciales de España crecieron un 6% en el primer semestre de 2026 respecto al mismo periodo del año anterior. Entre abril y junio, el incremento interanual fue del 4,6%, según el Observatorio del sector de centros y parques comerciales elaborado por PwC y APRESCO, la asociación que agrupa a empresas propietarias de estos activos.

Ocio y entretenimiento registró el mayor crecimiento entre las categorías, con una subida interanual del 13% en el segundo trimestre. Todas mantuvieron una evolución positiva, aunque moderaron ligeramente su ritmo frente a los tres primeros meses del año. Por tamaño de activo, las ventas aumentaron un 5,3% en los centros grandes y muy grandes, de más de 40.000 m2 de SBA, y un 2,4% en los medianos y pequeños, de entre 5.000 y 39.999 m2.

Las afluencias crecieron un 2% interanual, lo que redujo ligeramente la distancia entre la evolución de las visitas y la de las ventas. A su vez, la ocupación media se situó en el 96,3%, el nivel más alto de los últimos años, según el informe. Miren Tellería, socia responsable del sector inmobiliario en PwC España, destacó este dato junto al crecimiento acumulado de las ventas, mientras que Luis Marañón, director general de APRESCO, señaló la continuidad de ambos indicadores por encima de los niveles del año anterior.


La movilidad entra en la planificación de los activos

El observatorio analiza también las implicaciones de la Ley 9/2025 de Movilidad Sostenible para los centros y parques comerciales. Tras la modificación introducida por el Real Decreto-ley 7/2026, las empresas y entidades públicas obligadas deberán disponer antes del 5 de diciembre de 2026 de planes de movilidad sostenible al trabajo para sus centros con más de 200 personas trabajadoras o 100 por turno. La obligación se establece para centros de trabajo que alcancen esos umbrales. 

La ley regula, además, los planes de movilidad para grandes centros de actividad. Esta figura es distinta de la anterior y puede comprender determinados espacios comerciales: para identificar los centros obligados podrán considerarse su superficie, el número de empresas y trabajadores, la afluencia de visitantes y los desplazamientos en horas punta. La administración competente deberá determinar cuáles quedan sujetos a esa obligación una vez fijados los criterios correspondientes. 

Para elaborar los planes de movilidad al trabajo, el informe plantea seis ámbitos de actuación que deben adaptarse a las condiciones de cada emplazamiento. El primero es la conexión con el transporte público, mediante opciones como lanzaderas, autobuses de empresa, incentivos para su uso e información sobre rutas y horarios. El segundo se centra en los desplazamientos a pie y en bicicleta, con itinerarios seguros, aparcamientos y, cuando proceda, vestuarios.

El análisis propone también facilitar el coche compartido y otros servicios de movilidad compartida, incluso mediante plazas reservadas, así como estudiar medidas de organización del trabajo —entre ellas la flexibilidad horaria o la concentración de jornadas— cuando la actividad lo permita. Los dos últimos ámbitos son la gestión del aparcamiento, con criterios de prioridad y reserva de plazas, y la seguridad vial, acompañada de información, formación y seguimiento de los desplazamientos.

En centros y parques comerciales, la aplicación de estas medidas estará condicionada por los turnos, los horarios de apertura, los accesos y la presencia de distintas empresas en un mismo activo. De ahí que el informe plantee ajustar cada plan a su funcionamiento y coordinar a los agentes implicados, tanto para los desplazamientos de los trabajadores como para la movilidad que genera la actividad comercial.