El Govern de la Generalitat y el grupo parlamentario de los Comuns han presentado una disposición normativa que prevé cinco medidas con el objetivo de incrementar la oferta de vivienda protegida (VPO) e intensificar su uso, sin necesidad de modificar el planeamiento urbanístico, como parte de su acuerdo para los Presupuestos de 2026. Esta regulación se articula mediante una proposición de ley que se presenta ahora para iniciar su tramitación parlamentaria.
Estas medidas, que son temporales y de carácter excepcional, se aplicarán únicamente en los municipios incluidos en zonas declaradas de mercado residencial tensionado o en ámbitos declarados de mercado de vivienda tensionado y en las áreas de demanda residencial fuerte y acreditada del Plan Territorial Sectorial de Vivienda (PTSH). Además, tendrán una duración máxima de cuatro años, prorrogables por acuerdo del Govern.
Por otra parte, la normativa blinda el uso como residencia habitual y permanente de todas las nuevas viviendas que se construyan en virtud de licencias solicitadas desde su entrada en vigor, ya sea en régimen de propiedad para uso propio o familiar o en régimen de alquiler de larga duración. En ningún caso, podrán convertirse en viviendas libres ni destinarse a ningún otro uso residencial distinto del de protección pública. Cada dos años el Govern informará sobre las viviendas obtenidas mediante este paquete de medidas.
Reconversión de oficinas y más edificabilidad
En primer lugar, se admite la creación de vivienda protegida en suelo de uso terciario destinado a oficinas, edificios hoteleros y aparcamientos privados en altura, con la condición de que estas nuevas viviendas ocupen como mínimo el 50% de la superficie construida del edificio. Asimismo, se facilitará, siempre que el Ayuntamiento lo acuerde, la reconversión de locales comerciales situados en planta baja en viviendas protegidas con una superficie mínima de 50 m².
En segundo lugar, se permite incrementar la edificabilidad del techo residencial en un 20%, incluso por encima de la altura reguladora, para construir vivienda protegida en los dos supuestos: primero, en los suelos o edificios de uso terciario aislados de otras construcciones, ya sean oficinas, edificios hoteleros o aparcamientos en altura, que se conviertan íntegramente en vivienda protegida; y segundo, en equipamientos comunitarios, también aislados del resto de edificios, donde se ejecuten alojamientos temporales protegidos.
Con el objetivo de permitir la reconversión de la planta hotelera en aquellos municipios que puedan presentar un exceso de oferta hotelera, se autoriza su transformación en vivienda para favorecer la promoción de vivienda protegida.
Dentro de esta medida, también se posibilitará incrementar la edificabilidad hasta un 20% del techo residencial previsto en suelos urbanos no consolidados y urbanizables.
En cuanto a la tercera medida presentada, se podrán añadir nuevas plantas para construir vivienda protegida en aquellas edificaciones que hayan agotado su edificabilidad pero dispongan de altura remanente. Estas plantas no podrán superar la altura real de las medianeras de los edificios colindantes y, para garantizar la permanencia de la vivienda protegida, en caso de sustituirse la edificación por otra nueva, esta deberá incorporar el mismo número de viviendas protegidas.
La cuarta medida facilita que, en aquellos edificios donde actualmente no se puedan prever más viviendas, se permitan subdivisiones y también la reconversión de despachos en vivienda protegida, igualmente con la condición de una superficie mínima de 50 m². En el caso de subdivisión, la nueva vivienda deberá ser protegida y, en el caso de cambio de uso o de cambio de uso con subdivisión, toda la superficie objeto de transformación deberá destinarse a vivienda protegida.
Como última medida para facilitar vivienda protegida sin necesidad de modificar el planeamiento, se posibilita construir vivienda protegida en aquellas parcelas que no reúnen las condiciones mínimas de edificación, siempre que se cumplan los requisitos de habitabilidad.
Con el objetivo de contribuir a la rehabilitación del patrimonio industrial y a su activación como uso residencial, la proposición flexibiliza las cargas urbanísticas del planeamiento urbanístico que ordene las colonias textiles para destinarlas a vivienda, previendo el régimen de cesiones que ya se contempló para los municipios rurales.
Residencia habitual y permanente
Finalmente, la proposición incorpora una disposición adicional segunda sobre la obligación de destinar a residencia habitual y permanente las nuevas viviendas que se construyan a partir de licencias solicitadas desde la entrada en vigor de la Ley en los municipios incluidos en su ámbito de aplicación.
El uso como residencia habitual y permanente podrá materializarse tanto en régimen de propiedad para uso propio o familiar como en régimen de alquiler de larga duración sujeto a la Ley de Arrendamientos Urbanos.
Los ayuntamientos podrán excluir esta medida y admitir otros usos residenciales mediante acuerdo del pleno, que deberá fundamentarse en la suficiencia de vivienda habitual y permanente. Dicha suficiencia deberá acreditarse mediante una memoria social que justifique que existe una oferta suficiente en atención a la población residente, en el marco de la garantía y promoción del derecho a la vivienda y con respeto al principio de desarrollo territorial y urbano sostenible.
"Esta iniciativa responde a una prioridad inaplazable: ampliar el parque de vivienda protegida y garantizar que la vivienda cumpla aquella función social, esencial, que es la de ser un hogar", explica la consejera de Territorio, Vivienda y Transición Ecológica, Sílvia Paneque. Ha enmarcado la propuesta en "el despliegue de las políticas más ambiciosas en el ámbito de la vivienda que jamás se han llevado a cabo en Cataluña", desde el convencimiento de que "vivimos un momento de emergencia residencial que exige una mayor capacidad de actuación, una mayor cooperación con todas las instituciones y menos tiempo entre la planificación y la ejecución de las obras".
La presidenta de los Comuns en el Parlamento de Cataluña, Jéssica Albiach, ha destacado que la propuesta de ley permitirá que "estas nuevas viviendas deberán ser viviendas protegidas de forma permanente, es decir, vivienda protegida de por vida y, al mismo tiempo, toda la vivienda de nueva construcción de mercado libre que se construya deberá destinarse a vivir y al alquiler a precio limitado".