La Ley de Vivienda toca un problema relevante como es el acceso a la vivienda y busca conciliar oferta y demanda, orientándose hacia el alquiler. Podemos señalar cuatro cuestiones. Una, que la vivienda tiene la peculiaridad de ser un activo financiero y a la vez un bien social, por lo que contar con un sistema que financie equilibradamente la vivienda es importante. En este sentido, en la Ley hay pocas novedades, quizás porque esta financiación ya se realiza eficazmente por el sistema crediticio y no puede entrar en algo que afecta tanto a la oferta y la demanda de vivienda como es el tipo de interés, que depende del BCE.
Otra cuestión es distinguir entre vivienda nueva y usada. En España se vendían 400.000 viviendas nuevas en 2008, a un precio medio de 190.000 euros. Durante 15 años se ha estancado la producción y en la actualidad está en torno a 69.000 viviendas con un precio medio de 261.000 euros. Con estos datos tan anormales es importante que la Ley ponga de relieve la necesidad de impulsar la vivienda nueva y la rehabilitación.
En tercer lugar, el tratamiento en la Ley de la vivienda en alquiler está quizás sesgado a la relación entre arrendador y arrendatario, cuando es una cuestión compleja que depende del propio precio de la vivienda, la concentración de la demanda en algunas localidades y la necesidad de impulsar la oferta en alquiler. Hay un aspecto positivo en la voluntad de que haya suelo disponible, que podría completarse reglamentariamente con la participación de sociedades cotizadas de inversión inmobiliaria (socimi) en la promoción para alquiler asequible. Por último, reconociendo la voluntad de la Ley, las competencias en materia de vivienda son de las comunidades autónomas y los ayuntamientos y de ellos depende en muy buena medida la política de vivienda.