El Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (COAM) y la Comunidad de Madrid han presentado en la sede colegial el borrador de la nueva Ley de Impulso y Desarrollo Equilibrado de la Región (LIDER), conocida como nueva Ley de Suelo, en una jornada técnica enmarcada en la iniciativa Madrid2050.
El anteproyecto establece el nuevo marco normativo para la ordenación del territorio y la actividad urbanística en la región. Entre sus objetivos figuran la unificación de instrumentos de planeamiento, la reducción de cargas administrativas y la creación de herramientas como los Planes Estratégicos Municipales (PEM) para facilitar la gestión del suelo y la planificación territorial.
Durante la sesión, el decano del COAM, Sigfrido Herráez, subrayó que la Comunidad de Madrid deberá dar respuesta a una previsión de crecimiento de hasta tres millones de habitantes en 2050, lo que exige disponer de suelo suficiente. “El trabajo de los arquitectos depende directamente de la aprobación de la ley y de los planes estratégicos que se están llevando a cabo, por ejemplo, en la ciudad de Madrid. Sin territorio no hay ciudad”, afirmó.
Herráez también trasladó su preocupación por el uso de las declaraciones responsables. “La declaración responsable no puede servir para no tener responsabilidad a los 10 años como tenemos los arquitectos en nuestros proyectos. Es importante ese llamamiento a facilitar las cosas, hacerlas mucho más accesibles y rápidas, pero no perdiendo seguridad jurídica”, señaló ante la directora general de Urbanismo de la Comunidad de Madrid, Sara Aranda; el subdirector general de Urbanismo, David González; y la subdirectora general de Cooperación y Asistencia Urbanística al Municipio, Marta Callejón.
Aranda defendió que la región se encuentra “en un momento óptimo para poder hacer un cambio que facilite los próximos 10 años de la Comunidad Autónoma” y abogó por avanzar hacia “un urbanismo flexible en relación con los usos”, de modo que los usos complementarios, asociados o alternativos puedan modificarse en función de necesidades sobrevenidas sin necesidad de tramitar una modificación del planeamiento.
El texto simplifica el catálogo de instrumentos urbanísticos a dos figuras: el Plan Estratégico Municipal, orientado al modelo territorial a largo plazo, y el Plan Ejecutivo, único instrumento habilitado para transformar el suelo. Este último clasifica el territorio en tres categorías: urbanizado, rural protegido y rural no protegido.
La ley regula también los Proyectos de Alcance Regional, redefine los regímenes jurídicos del suelo y los mecanismos de expropiación forzosa, y establece el papel del Jurado Territorial de Expropiación como órgano técnico independiente para la fijación del justiprecio.
En materia de tramitación, el anteproyecto potencia el uso de la declaración responsable y la intervención de Entidades Privadas Colaboradoras (ECU), al tiempo que prevé la digitalización de procedimientos mediante herramientas como la inteligencia artificial y el uso de drones.
El texto incorpora además medidas de apoyo técnico y financiero a los municipios, especialmente a los de menos de 1.000 habitantes, que podrán aplicar estándares dotacionales flexibles adaptados a su entorno. La nueva norma define la regeneración urbana como actuación prioritaria para la rehabilitación de tejidos degradados e introduce la figura del acompañamiento técnico para dotar a pequeños municipios de recursos humanos y materiales, incluyendo la elaboración de estudios previos, la gestión de informes sectoriales y la tramitación ambiental.
Según explicó Aranda, la futura Ley LIDER se enmarca en el proceso de reformas impulsado por el Ejecutivo regional, tras la aprobación de la Ley 3/2024, de medidas urbanísticas para el fomento de la vivienda protegida, y la Ley 7/2024, de medidas para un desarrollo equilibrado en materia de medio ambiente y ordenación del territorio.