Portugal

Portugal plantea reducir al 10% el IRS para alquileres de hasta 2.300 euros mensuales

Alexandre Lima - Director | Iberian Property |
Portugal plantea reducir al 10% el IRS para alquileres de hasta 2.300 euros mensuales
Miguel Pinto Luz, el ministro de Infraestructuras y Vivienda.

El anteproyecto de ley de vivienda presentado por el Gobierno portugués en el Parlamento el martes contempla una reducción significativa en la carga fiscal de los propietarios con viviendas en alquiler. La propuesta plantea que el tipo autonómico del IRS aplicable a los rendimientos inmobiliarios descienda del 25% actual al 10% para contratos con rentas mensuales de hasta 2.300 euros, una medida que abarcará tanto a los contratos nuevos como a los ya existentes.

El ministro de Infraestructuras y Vivienda, Miguel Pinto Luz, aclaró durante su intervención en la CNN Summit que la rebaja fiscal se aplicará sin distinción por tipo de vivienda ni por fecha de contrato, siempre que las rentas no superen el límite de 2.300 euros mensuales. Pinto Luz añadió que, en los casos en los que los arrendadores acepten fijar rentas un 20% por debajo de la mediana de su municipio, el incentivo será total, de modo que “tendrán un 0% de IRS”.

La propuesta de autorización legislativa aprobada por el Consejo de Ministros el 28 de noviembre incluye también una reducción del Impuesto de Sociedades y del tipo autonómico del IRS aplicado a las rentas derivadas de contratos de alquiler y subarriendo de vivienda formalizados hasta finales de 2029. Para los contratos con rentas mensuales de hasta 2.300 euros, el tipo de gravamen autonómico se reduce al 10%, siempre que no exista otro tipo más favorable. En el caso del IRC, sólo se considerará el 50% de las rentas inmobiliarias para el cálculo del impuesto.

El texto introduce además una exención en el IRS de las ganancias patrimoniales obtenidas por la venta de inmuebles residenciales cuando exista una reinversión en la compra de viviendas destinadas al alquiler con renta moderada, definida como aquella que no supere los 2.300 euros mensuales. La reinversión podrá efectuarse entre los 24 meses anteriores y los 36 meses posteriores a la transmisión, y el contribuyente deberá comunicar previamente su intención de aplicarla. La medida se aplicará hasta finales de 2029.