La rentabilidad para los accionistas será de entre el 13 y 14 por ciento
21 de marzo de 2013.- Sareb tiene previsto vender en los cinco primeros años prácticamente la mitad de su cartera de viviendas, unas 42.500 unidades. También está previsto que una parte de las viviendas que gestiona sean destinadas al mercado de alquiler, según el nuevo plan de negocio actualizado que ha aprobado el Consejo de Administración de la Sociedad que preside Belén Romana.
En términos generales, el plan establece las guías generales sobre las que descansará el proceso de desinversión de la cartera de Sareb, que consta actualmente de activos por importe de 50.449 millones de euros. El plan contempla que las tres cuartas partes de los ingresos procedan de la venta de activos inmobiliarios, y el resto por la vía de los préstamos.
El plan contempla una rentabilidad acumulada para los accionistas de entre el 13 y el 14 por ciento (inicialmente estaba previsto un 15%).
El plan de negocio recoge la información detallada sobre la cartera de activos adquiridos, así como las características de las emisiones de deuda garantizada y deuda subordinada. Así, se incorpora la totalidad de los activos comprados a las entidades del Grupo 1 (Bankia, Catalunya Banc, NCG Banco- Banco Gallego y Banco de Valencia) y Grupo 2 (Liberbank, BMN, CEISS y Caja3), aunque con mayor detalle en el primer caso.
La aprobación de este documento supone un paso importante en la corta historia de Sareb, y permite a la sociedad concentrarse a partir de ahora en la gestión de sus activos, una vez completada su estructura de capital y cerrada la composición de su accionariado.
Medidas en materia de conflicto de intereses en los órganos de gobierno
De igual modo, el Consejo de Administración de Sareb ha aprobado la Política de Conflictos de Intereses y de Operaciones Vinculadas, "que trata de preservar en todo momento el interés de la compañía en la toma de decisiones por parte de los órganos de gobierno de la entidad". Asegura la compañía en un comunicado.
Esta Política "va más allá de las exigencias de abstención que impone la Ley de Sociedades de Capital, dado que impide además que los consejeros afectados por un conflicto de interés puedan acceder a la información de la operación o decisión que está en discusión".
Adicionalmente, se establece un régimen de comunicación periódica de actividades que permitirá la prevención y detección de potenciales conflictos.