ASPRIMA revela la gran desigualdad de la fiscalidad inmobiliaria en los municipios madrileños

ASPRIMA revela la gran desigualdad de la fiscalidad inmobiliaria en los municipios madrileños
  • Presenta un estudio sobre la fiscalidad de la promoción inmobiliaria realizado por Pablo Chico de la Cámara, catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Rey Juan Carlos
  • Su objetivo es arrojar luz sobre la fiscalidad real que soporta una promoción inmobiliaria
12 de septiembre de 2016.- La Asociación de Promotores Inmobiliarios de Madrid (ASPRIMA) ha presentado el estudio La Fiscalidad de la Promoción Inmobiliaria: Estudio Integral de la Tributación del Proceso Urbanístico y Propuestas de Mejora, realizado por el catedrático de Derecho Financiero y Tributario de la Universidad Rey Juan Carlos, Pablo Chico de la Cámara. La publicación, editada por "Tirant lo Blanch", pretende arrojar luz sobre la fiscalidad que soportan los promotores. Para ello se han analizado uno a uno y en orden cronológico los tributos, referidos a una promoción localizada en cualquier punto de la de la Comunidad de Madrid, desde la planificación de la actuación inmobiliaria hasta la titularidad y disfrute de una obra nueva por su propietario. Para el presidente de ASPRIMA, Juan Antonio Gómez-Pintado, "este estudio muestra una de las problemáticas a las que se enfrenta el sector inmobiliario: los numerosos y complejos tributos a los que debemos hacer frente como sector. Esperamos que sirva para que las Administraciones tomen nota de las mismas y aporten racionalidad a este problema". Por su parte, Pablo Chico reconoce que el estudio ha tenido un objetivo muy ambicioso al realizar un recorrido exhaustivo por las distintas fases del proceso de promoción inmobiliaria  desde la ejecución del planeamiento urbano con la puesta a disposición del suelo urbanizable al promotor hasta el disfrute del inmueble ya construido por su propietario. Este planteamiento, con un plazo de elaboración de la obra de más de un año, ha supuesto analizar toda la carga tributaria que soporta una promoción inmobiliaria en los distintos ámbitos de nuestro ordenamiento jurídico: tributos de naturaleza estatal, autonómicos y con especial referencia a la amalgama de tributos que descansan en la esfera local. Un mapa fiscal de municipios madrileños El estudio sobre La Fiscalidad de la Promoción Inmobiliaria consta de cinco partes. En las cuatro primeras se analizan los tributos que deben pagar primero los promotores madrileños y ulteriormente el propietario de la vivienda ya construida, diferenciando aquellos derivados del proceso urbanizador, de la promoción de inmuebles, de la transmisión del inmueble edificado y de la titularidad por el uso y disfrute. En la última parte del libro, Pablo Chico realiza un ranking de los tributos que tienen incidencia en la promoción inmobiliaria en los diferentes municipios de Madrid, realizando un análisis comparativo con simulaciones de casos. Para Pablo Chico este ranking resulta ciertamente esclarecedor y útil para demostrar el fenómeno de sobreimposición tributaria que existe tan importante sobre este sector, denunciando el gap fiscal tan relevante entre las distintas Corporaciones Locales al producirse una carga tributaria muy diferente entre unos y otros municipios dependiendo del lugar donde esté localizado el inmueble. Leonardo Sánchez-Heredero, presidente de la comisión fiscal de ASPRIMA señala "algunos ejemplos de las disparatadas diferencias entre unos ayuntamientos y otros, e incluso dentro de un mismo ayuntamiento también".   Por ejemplo,  en el IAE de los 34 municipios analizados, Navalcarnero es el más caro con el 97,06% del rango máximo, y Torrelodones el más barato con el 22,35%, pasando por Madrid con el 63,23%. En el IBI, Alcobendas tiene el tipo más caro con el 1,1%. Y el más barato lo tiene Leganés con el 0,35%. En cuanto al ICIO, de los 34 municipios, 28 aplican el tipo máximo. Solo 6 bajan de ese tipo, con Paracuellos a la cola que aplica el 3%. "En las licencias de obra mayor, como bien hace notar el autor, la inmensa mayoría de los ayuntamientos toman como base imponible para el cálculo de su tasa, no el coste que le supone el acto de revisión del proyecto y los trámites administrativos para su concesión. No. Toman la misma base que el ICIO a la que, como en el caso de Majadahonda, llegan a aplicar un 3%, el 2,68% en Móstoles, el 2,5% en Alcorcón, el 2,48% en Coslada y el 0,3% en Colmenar viejo. Fíjense, entre Majadahonda y Colmenar hay una proporción de 10 a 1", concluye Sánchez-Heredero.