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Madrid aprueba la Carta de Servicios de la Edificación

Redacción Observatorio Inmobiliario |
Madrid aprueba la Carta de Servicios de la Edificación

La Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid ha aprobado la Carta de Servicios de la Edificación, a propuesta del Área de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad. El nuevo instrumento establece un marco común de actuación en materia de licencias, inspección de edificios y restablecimiento de la legalidad urbanística, con 12 compromisos concretos y medibles que afectan a la relación de la administración municipal con la ciudadanía.

Según explicó en rueda de prensa la vicealcaldesa y portavoz municipal, Inma Sanz, la Carta define los estándares de funcionamiento de los servicios vinculados a la edificación y hace públicos los plazos, canales y responsables de los procedimientos administrativos que gestiona la Dirección General de la Edificación, dependiente del área que dirige Borja Carabante.

El documento concreta compromisos relacionados con la atención ciudadana y el acceso a la información. Entre ellos, se fija un plazo máximo de diez días para responder a solicitudes de información especializada remitidas a través del formulario web municipal. Además, al menos el 60% de las respuestas a sugerencias, reclamaciones y felicitaciones deberán emitirse en un plazo inferior a 30 días.

En el ámbito de la tramitación administrativa, la Carta establece que en el 100% de los expedientes deberá identificarse tanto el servicio responsable como el técnico asignado. También regula el procedimiento de comunicación con los propietarios de edificios sujetos a inspección técnica: el Ayuntamiento enviará dos comunicaciones informativas anuales a los inmuebles incluidos en el listado obligatorio de inspección técnica de edificios (ITE) o de informe de evaluación de edificios (IEE), junto con otras dos comunicaciones recordatorias en los casos en los que no se haya presentado la documentación requerida.

El texto incorpora, asimismo, compromisos operativos vinculados a la seguridad estructural. En este sentido, prevé la disponibilidad de un equipo de guardia las 24 horas del día durante todo el año para atender situaciones de emergencia estructural, así como la realización de inspecciones técnicas y actuaciones inmediatas tras el aviso o requerimiento del Cuerpo de Bomberos.

En materia de disciplina urbanística, la Carta fija plazos para los procedimientos de restablecimiento de la legalidad por infracciones urbanísticas y para la ejecución forzosa de resoluciones firmes. En concreto, el inicio de estos procedimientos deberá producirse en un plazo inferior a tres meses en el 100% de los casos y en menos de dos meses en el 80%.

El documento aprobado también detalla el conjunto de servicios municipales vinculados a la edificación, que incluyen la información a la ciudadanía, la tramitación de licencias urbanísticas, declaraciones responsables y autorizaciones, las inspecciones periódicas de edificios y construcciones, el control estructural de la edificación y la gestión de sugerencias, reclamaciones y felicitaciones. Asimismo, recoge los derechos y responsabilidades de la ciudadanía en este ámbito y el listado de trámites disponibles en la sede electrónica municipal, gestionados por las subdirecciones generales de Licencias y de Control de la Edificación.

La Carta de Servicios de la Edificación incorpora, por último, los canales de participación ciudadana habilitados por el Ayuntamiento, los datos de contacto de las unidades responsables y la normativa estatal, autonómica y municipal aplicable a la actividad edificatoria en la ciudad de Madrid.