Los espacios y elementos comunes en las comunidades de propietarios siguen clausurados y no podrán utilizarse

Los espacios y elementos comunes en las comunidades de propietarios siguen clausurados y no podrán utilizarse

En España hay un millón de comunidades de propietarios

El BOE ha publicado la Orden Ministerial SND/370/2020, del Ministerio de Sanidad, sobre las condiciones en que deben desarrollarse los desplazamientos infantiles durante el Estado de Alarma por el COVID-19.

La Orden no autoriza explícitamente la apertura de ningún espacio comunitario. Por lo tanto, deben permanecer cerrados todos los espacios y elementos comunes que actualmente no pueden utilizarse.

Para Isabel Bajo, presidenta del Colegio de Administradores de Fincas de Madrid (CAFMadrid), “el contenido de esta Orden no hace sino apelar al sentido común, y no deja al arbitrio de la decisión de las comunidades de propietarios regular la salida de los niños en las zonas comunes de las comunidades de propietarios, puesto que continúan clausuradas”. En Madrid hay 200.000 comunidades de propietarios y en España un millón.

El Gobierno admite la propuesta de los Administradores de Fincas colegiados para que no sean las comunidades de propietarios las que regulen el uso de las zonas comunes por parte de los niños y niñas menores de 14 años, tras las peticiones realizadas al Ministerio de Sanidad y al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2020, y consideran que la decisión tomada por las autoridades sanitarias es la más acertada.

La Orden Ministerial establece que los niños/as podrán dar un paseo diario en vías o espacios de uso público manteniendo la distancia de seguridad. Como máximo será de 1 hora de duración entre las 9:00 y 21:00 horas y hasta 1 Km. de distancia de su hogar y grupos formados por un adulto responsable y hasta tres menores de 14 años.

También establece que no estará permitido el acceso a espacios recreativos infantiles al aire libre, así como a instalaciones deportivas.