13 de julio de 2010.- El Juzgado de Primera Instancia número 46 de Madrid ha obligado a Uralita a abonar un total de 3,9 millones de euros a 45 ciudadanos afectados por amianto o sus herederos de las localidades barcelonesas de Cerdanyola del Vallès y Ripollet, que reclamaban indemnizaciones por valor de cinco millones de euros.
Ésta es la primera sentencia que se dicta en España por una demanda civil presentada por un grupo de habitantes de poblaciones próximas a una de las fábricas que utilizaron esta materia prima desde principios del siglo XX hasta su prohibición en 2002. Hasta ahora, sólo existían fallos por demandas presentadas por trabajadores dictadas por los Juzgados de lo Social. Así, el fallo abre la puerta a más denuncias de vecinos presuntamente afectados.
Uralita confirmó que recurrirá la sentencia , pues considera que siempre cumplió las legislaciones vigentes sobre el amianto. Con todo, si los demandantes exigen la ejecución provisional de la sentencia, algo que muy probablemente harán según avanzó a ABC el abogado Jordi Calvo, la firma deberá pagar ya las indemnizaciones fijadas. Éstas compensan por daños físicos, pero también morales, que son fruto del sufrimiento psicológico que causa «ser consciente de la posibilidad de padecer una enfermedad grave», reza el fallo.
La mayoría de demandantes -algunos ya murieron- se vieron afectados por placas pleurales y abestosis, enfermedades que se desarrollan a lo largo de los años y que pueden generar cáncer.
El juez considera que la causa de las enfermedades fue la actividad industrial y que los medios de transmisión fueron «las emisiones en forma de polvo de asbesto, la manipulación de ropas de trabajadores y la contaminación derivada de la degradación de depósitos de residuos», que se utilizaron para asfaltar las calles.
La sentencia concluye que, a pesar de que los efectos nocivos del amianto se fueron conociendo a lo largo de la segunda mitad del siglo XX, Uralita incurrió en un «punto de imprudencia» que «no puede eximirla» aunque «se hubiese ajustado a la normativa vigente y a pesar de las medidas de prevención e inversiones».







Mercado de locales comerciales en calle. Junio 2013 (Jones Lang LaSalle)


