El Consejo de Ministros aprobó el Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo, que desarrolla dicha norma, tal y como establecía su Texto Refundido, “para mejorar el funcionamiento del mercado del suelo, hacerlo más transparente y eficiente, combatiendo eventuales prácticas especulativas en la utilización del mismo”.
El ámbito de aplicación de la Ley del Suelo y, por tanto, de este Reglamento, no es cualquier valoración o tasación de inmuebles, sino que sólo se aplicará en supuestos de reparcelaciones, expropiaciones, ventas y sustituciones forzosas y en los casos de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Dada la complejidad técnica que acompaña a la valoración inmobiliaria, el texto incorpora metodologías concretas aplicables a cada situación y las fórmulas matemáticas específicas, con el objetivo de introducir el mayor rigor en las valoraciones, eliminando márgenes de error derivados de la inexistencia de dichas fórmulas.
El Ministerio de Fomento afirma en un comunicado que “por primera vez en la historia del urbanismo español se le dota de un desarrollo reglamentario de los criterios de valoración de inmuebles con el objetivo de obtener el valor más justo en cada supuesto de aplicación, incorporar mayor transparencia en el conocimiento de las técnicas valorativas y mayor seguridad jurídica, derivada de esa transparencia”.
Nº 53 - Noviembre/Diciembre 2011







RD-ley18/2012 sobre saneamiento y venta de los activos inmobiliarios del sector financiero
